viernes, 16 de enero de 2015

Que te den lo que mereces, por Cynthia Aislinn Domínguez Ibarra @iiceliinn

Que te den lo que mereces

El tema que en esta ocasión tocaré es de suma importancia para los ciudadanos empleados en México. Recientemente pasaron las fechas en que se recibe el aguinaldo, cosa que hace feliz a la gran mayoría pero, ¿realmente te dieron lo que te correspondía?, eso es lo que podrás averiguar a través de este artículo, además de informarte un poco más sobre cómo funciona esta actividad, que al formar parte de la nómina es llevada a cabo por el área de Recursos Humanos.

Como primer punto debemos saber que las normas sobre este tema se encuentran en la Ley Federal del Trabajo. El aguinaldo es un pago extra especial que se le entrega a los asalariados o a quienes perciban una jubilación, convirtiéndose el mismo en un salario más que se suma a las doce mensualidades percibidas en concordancia a los doce meses laborales.

El aguinaldo deberá ser equivalente a 15 días de sueldo base y los empresarios tienen hasta antes del 20 de diciembre para proporcionárselos a sus trabajadores. Se recibirán los 15 días en el caso de haber trabajado un año, si se trabajó menos de este periodo, se debe dividir el aguinaldo anual entre los 365 días del año y el resultado se multiplica por los días de trabajo.

Existen otros tipos de salario, en los cuales el aguinaldo se paga de manera distinta:

a. Salario Variable: Se obtiene un promedio de los salarios recibidos durante el periodo en el que se laboró.

b. Salario Mixto: En este tipo, se tiene un salario fijo y otro variable, se toman en cuenta los dos, por tanto se realizan los dos procesos anteriores.

c. Comisionistas: Se toman en cuenta los salarios del último año o el total de los salarios recibidos.

d. Trabajadores al servicio del estado: Se les paga cuarenta días de salario.

En caso de que el aguinaldo no se te haya pagado,  puedes acudir a la Procuraduría Federal del Trabajo (PROFEDET) y aclarar tu situación. Existen ciertas sanciones que se les da a los patrones.

La mayoría de las personas, tienen derecho a recibir aguinaldo:

· Servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

· Personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
· Personal de enlace y de mando de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal

· Personal del Servicio Exterior Mexicano

· Personal militar activo

· Personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de honorarios

· Personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil o pensión de gracia

Ahora que ya contamos con esta información, podemos identificar el tipo de salario que nos maneja la empresa y obtener la cantidad que merecemos de aguinaldo. Aunque actualmente, existen muchas calculadoras de aguinaldo que te facilitan mucho las cosas, es conveniente que sepas de donde vino ese pago.



Bibliografía
  1. Pago de aguinaldo México 2014” 17 dic. 2014 http://elinpc.com.mx/aguinaldo-mexico/ 14 ene 2015.



El valor de la persona, por Cynthia Aislinn Domínguez Ibarra
Recursos Humanos
2º Semestre
Twitter: @iiceliinn

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